Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoada por el Abogado YSAÌAS ALBERTO FERNÀNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 8.168.009, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 76.280, actuando en este acto en nombre y representación del ciudadano RAMÒN DAVID RÌOS, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº. 20.880.301, ambos de este domicilio, contra los ciudadanos contra los ciudadanos CÉSAR OVIDIO CASTILLO ÁLVAREZ y ÀNGEL JOSÈ LISANDRO DOBLE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. V- 16.977.850 y 17.394.208 respecti.....