Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que incoara el ciudadano HIDARGO JUAN EVANGELISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.835.484, con domicilio en esta ciudad de San Fernando de Apure; representado por la abogada Zoraida Montoya, venezolana, mayor de edad, e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el número 37.129, contra la Gobernación del Estado Apure, representado por el ciudadano Jesús Aguilarte Gámez. Así se declara.