(...)En virtud de las razones antes expuestas, este juzgador debe necesariamente tener que declarar la inadmisibilidad de la demanda, en consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción intentada por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL HERNÁNDEZ, BAUDILIO GONZÁLEZ, JOSÈ CASTILLO y WILMAN SILVA, titulares de la cédula de identidad Nº 13030.429, 11.240.076 y 18.146.885 y 13.938.272, asistidos por el abogado ejercicio ASDRÚBAL VARGAS ABANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.139.528, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.475, contra la Firma Mercantil INVERSIONES BORBURATA. SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente en la oportunidad legal correspondiente(...)