(...) Conforme a lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por la ciudadana Abogada CORALIA RAMOS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.332.409, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.944, en su condición de apoderada judicial del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL DEPORTE, contra la Providencia Administrativa N° 0076-11, de fecha 18 de marzo de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo de San Fernando estado Apure, que declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, formulado por el ciudadano ARGENIS RAFAEL ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.159.833 (...)