"(...)PRIMERO: LA PERENCIÓN Y LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, incoada por la demandante ciudadana DIANA CAROLINA ROMERO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.851.282, debidamente asistida por el Abogado ciudadano ANDRES OCTAVIO GARCIA PEREZ, Abogado, titular de la cédula de identidad N° 13.256.152, y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.398, contra la FUNDACION MISION BARRIO ADENTRO, de conformidad con la primera parte del artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.(...)"