Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Prestaciones Sociales que incoara las ciudadanas BÁRBARA CASTILLO y ONÉSIMA RAMÍREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-10.622.201; 6.769.885, respectivamente con domicilio en esta ciudad de San Fernando de Apure; representada por los abogados JOSÉ HIDALGO, venezolano, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-.8.157.401, e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el número 27.483, contra la Gobernación del Estado Apure, representado por el ciudadano Jesús Aguilarte Gámez. SEGUNDO: Se condena a la Gobernación del Estado Apure, a cancelar al actor las siguientes cantidades: ciudadana BÁRBARA CASTILLO por concepto d.....