DECISIÓN
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la abogada ADRIANA AMPUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.271.307, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.151, actuando con el carácter de apoderada judicial de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL PODER COMUNAL (FUNDACOMUNAL), COOORDINACIÓN APURE, contra la Providencia Administrativa Nº 0055-11 de fecha 25 de febrero de 2011, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO APURE en el Expediente Administrativo N°. 058-2010-01-00157, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano EIFFEL EINSTEN RIVAS GOMEZ, titular de la cédula de identidad.....