Atendiendo a la doctrina precedente señalada y dado que en el presente asunto existe una relación de Empleo Público Estatal, al ser los actores COMISARIOS DE PREFECTURAS adscritos a la nómina de la Gobernación del Estado Apure, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, declina la competencia en razón de la materia en el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) Contencioso-Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur. Así se decide.