(...) Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS; SEGUNDO: SIN LUGAR la presente Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, incoada por el ciudadano SAMUEL DARIO LÓPEZ VILLALTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.579.892, debidamente asistido por los ciudadanos Abogados HENRY MORENO, inscrito en el IPSA bajo el N° 127.262, y LUIS SANZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 123.165, respectivamente, contra la Ciudadana JUANA LOURDES CASTILLO DE RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.669.617. TERCERO: No hay condenatoria dada la naturaleza de la presente decisión. Así se decide.(...)