Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, intentada por la ciudadana YULENIS MAIGUALIDA MONTOYA DURAN, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.756.773, en contra del ESTADO APURE, en consecuencia se ordena: SEGUNDO: se condena al Estado Apure a pagar a la parte actora, lo siguiente: por concepto de Antigüedad Nuevo Régimen. Articulo 108 Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de Diecinueve Mil Setecientos Treinta y Cinco Bolívares con Veinticuatro Céntimos (Bs. 19.735,24); por concepto de Intereses sobre Antigüedad, la cantidad de Doce Mil Cuatrocientos Cincuenta Bolívares con Tres Céntimos (Bs. 12.450,03); por concepto de Total Vacaciones y Bono Vacacional, l.....