Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE, por el Territorio para conocer de la presente causa seguida por el ciudadano: MARCOS ANTONIO CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.591.102, asistido judicialmente por la abogada YSIL BOLÍVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.647, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, y declina su competencia al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas que resulte competente, a quien se acuerda remitirle el presente expediente. Líbrese oficio.