en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de Propiedad Municipal según se evidencia en Autorización, expedida por la sindicatura del Municipio San Fernando en fecha 17 de junio del año 2019, constante de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (457,93 Mts2) ubicado en " AVENIDA CHIMBORAZO, DE LA PARROQUIA SAN FERNANDO ESTADO APURE,. Las cuales ha construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas un conjunto de bienhechurías propias que consta de dos (02) locales comerciales ubicados en la Avenida Chimborazo descritos de la siguiente forma: LOCAL Nº 01: una (01) Santamaría, una (1) puerta de vidrio con marcos de aluminio, paredes de bloques y cemento, frisadas, mezclilladas y con revestimiento de pintura, techo de loza cero con acabado de techo raso, una (01) división pa.....