En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 19-1-2018 por la ciudadana Abg. Griselía Ramírez, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Ramón de Jesús Tovar, contra la decisión dictada el 8-9-2017, y publicado su texto íntegro en fecha 21-12-2017, por el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Edgar Cristóbal Rodríguez Silva, mediante la cual, declaró culpable al ciudadano antes mencionado en la comisión del delito de Violencia Sexual, previsto en el artículo 43, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de.....