D I S P O S I T I V A:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la abogada WIECZA SANTOS MATIZ, apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto que declaró extemporánea por tardía la oposición formulada, dictado en fecha 29 de noviembre de 2018, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en consecuencia queda confirmado el auto recurrido.
SEGUNDO: Con lugar la apelación ejercida por la abogada WIECZA SANTOS MATIZ, apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto que negó la prueba de informe solicitada, dictado por el Juzgado Pri.....