En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Imparte su HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN JUDICIAL, efectuada en la forma y términos expuestos por la ciudadana HILDA YANNELYS SIERRA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidade N° 19.816.937, asistida por elabogadoenejercicioHECTOR DELGADO, inscrito enelinpreabogado bajo el N° 120.660, por una parte, y por otra por lasciudadanasLISBETH LARISSA FRANCO Y AMELIA BAGNURA GONZÁLEZ, inscritas en el inpreabogado bajo los N° 122.205 y 257.578, mediante la cual de conformidad con lo señalado en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y de mutuo acuerdo ponen fin al presente procedimiento en los términos indicados en la misma, y darle así cumplimiento a la obligación, como recíproca concesión a.....