INADMISIBLE la presente la demanda de régimen de convivencia familiar, intentada por el ciudadano JOSE VICENTE TAPIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.584.250, debidamente asistido en este acto por abogados JACCIMAR CARABALLO, MARCOS GUTIERREZ Y VERONICA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-21.146.392, V-11.235.915, V-12.031.563, en el orden indicado, actuando en defensa de la niña (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), en contra de la ciudadana SOLMARY LILIBETH RIVERO CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.584.250, por cuanto no cumple con los requisitos establecidos.....