Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA VERBAL, intentada por la ciudadana JEYRIS JOSEFINA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de la identidad Nº V-19.250.126, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio WILSON MIGUEL TREJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.239.124, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 160.066, domiciliados procesalmente en el escritorio jurídico "Trejo & Asociados", ubicado en la Avenida Miranda cruce con la Calle Independencia, Edificio Odonto salud, piso 1, oficina 4, de ésta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; en contra la ciudadana SOL MARINA PEREZ, venezolana, mayo.....