Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el punto previo alegando la INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES opuesto por el ciudadano Abogado CÉSAR ELÍAS LARA RODRÍGUEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos ciudadana YOLANDA DEL CARMEN RAMÍREZ MORA, a través de escrito presentado en fecha 17 de diciembre del año 2019.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, instaurada por los ciudadanos Abogados JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ y EGAUDYS NAZARENO RODRÍGUEZ ÁVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.196.491 y V-19.689.766, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 264.565 .....