REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE PRESIDENCIA
San Fernando de Apure, 07 de junio de 2005. 194 y 146
RESOLUCION No.PCJPA 03-05
El Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, ALBERTO DE JESUS TOREALBA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 3.218.271,de conformidad con lo establecido en el artículo 534 del Código Orgánico Procesal Penal.
CONSIDERANDO Que conforme a lo establecido en el arttículo 99 de laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, los valores de la culturas constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará.
CONSIDERANDO Que conforme a lo establecido en el artículo 111de laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, todaslas personas tiene derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida indiviual y colectiva.
CONSIDERANDO Que en función del Proyecto "Asistencia Deportiva Recreativa Integral", de la Dirección Ejecutiva dela Magistratura, se estableció como misión fomentar y orientar la planificación del tiempo libre, asesorando la programación de un proceso deportivo, recreativo e integral, que permita mejorar la calidad de vida del trabajador de la institución y del Poder Judicial así como también de su grupo familiar.
CONSIDERANDO Que constituyen los objetivos del Proyecto "Asistencia Deportiva Recreativa Integral", llevar a cabo la total planificación, organización, ejecución y control de la actividad a realizar y así obtener la mejor respuesta a las necesidades, al promover el deporte durante el tiempo libre del trabajador y su grupo familiar directo; presentar alternativas deportivas/recreativas a los trabajadores y su grupo familiar directo que parmitas desarrollar las actividades de su preferencia; y Ofrecer a los trabajadores y a su grupo famliar directo la culminación selectiva anual del programa con una macro actividad deportiva-recreativa Inter-dependencias regionales.
RESUELVE
PRIMERO: Crear la Coral del Poder Judicial del Estado Apure, la cual estará integrada por personal judicial, administrativo y obrero, en su calidad de activo, contratado, en comisión de servicio y jubilado, adscrito a la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de desarrollar actividades culturales en representación de la institución y del gentilicio apureño, tanto en eventos como en actos protocolares del organismo, y de otros entes gubernamentales o privados a nivel regional, nacional e internacional.
SEGUNDO: Crear los equipos en:1)Deporte de Equipo: en las disciplinas de softball, basketball, futbol de salón, voleiball, tenis de mesa, kikimball y bowling. 2)Deportes de Combate: Karate, Taekondo y cualquier otra modalidad de técnicas en defensa personal. 3)Deprtes de Marca: Atletismo y Natación. 4) Deportes de Arte Competitivo: Aerobic y Bolas Criollas. 5) Deportes de Ciencia: Ajedrez. 6) Deportes Recreacionales: Bailoterapia, dominó y excursionismo. Todos estos equipos se formarán en el genero femenino y masculino, y los mismos estarán integrados por el personal judicial, administrativo y obrero en su calidad de activo, contratado, en comisión de servicios y jubilado, adscrito a la Circunscripción Judicial del EStado Apure.A los fines de desarrollar actividades deportivas en representación de la Institución, tanto en eventos del organismo y de otros entes gubernamentales o privados, a nivel regional, nacional e internacional.
Dada, firmada y sellada donde funciona la Presidencia del Circuito Judicial Penal. Comuníquese y publíquese.
En San Fernando de Apure, a los siete (07) días del mes de junio de dos mil cinco (2005).
FDO ALBERTO TORREALBA LOPEZ PRESDIDENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE.
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