REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo del Estado Apure
San Fernando de Apure, nueve de abril de dos mil veintiséis
215º y 167º
ASUNTO: CP01-R-2026-000003
Vista la diligencia constante de dos folios útiles, de fecha 06 de abril de 2026, suscrita por la Abogada KHEYLA CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.759.763, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 187.016, con el carácter coapoderada judicial de la parte demandante, hoy apelante en el presente asunto, mediante la cual expone “Para consignar Recibo de Pago de Prestaciones Sociales, por lo cual no queda nada que reclamar por tal concepto” (sic). En ese sentido, este Tribunal, vista la exposición de la representación legal supra identificada, considera que no tiene ningún efecto práctico ni jurídico continuar con la tramitación del presente recurso de apelación por motivo del decaimiento del objeto, al verificarse el cumplimiento de la pretensión contenida en la causa principal signada con la nomenclatura N° CP01-L-2025-000048. En consecuencia, este Tribunal por auto separado, ordenará la remisión del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución competente para el respectivo archivo.
El Juez Superior Provisorio,

Abg. Carlos Espinoza Colmenares
La Secretaria,

Abg. Lucía Maricela Luna Maldonado