REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
SOLICITUD: 2026-62.-
SENTENCIA: DEFINITIVA MATERIA: FAMILIA PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y
UNIVERSALES HEREDEROS. SOLICITANTE: CARMEN JOSEFINA MOYETONES SOLORZANO.
FECHA DE ENTRADA DEL EXPEDIENTE: 15 DE MAYO DEL 2026.
Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA MOYETONES SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.900.624, quien ha solicitado se declare conjuntamente con los ciudadano: ROSA ANGELINA MOYETONES SOLORZANO y PEDRO JOSE MOYETONES SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nros. V-20.732.091 y V-12.900.623, respectivamente todos de este domicilio; debidamente asistidos por la defensora publica la Abg. MARIA ALEJANDRA OLIVEIRA AGUIRRE inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 312.273, quien ha solicitado ante éste Tribunal, se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: URSULA MARIA SOLORZANO SOTO, quien fue venezolana, de 71 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.094.008, quien residía en el Barrio Campo Alegre, Calle el Almendro, casa N°25, Municipio San Fernando, Estado Apure; fallecida Ab-Intestato, en la Av. Caracas en el Hospital Pablo Acosta Ortiz, Municipio San Fernando, Estado Apure, el día 26 de diciembre del año 2025, Oídas las declaraciones de los ciudadanos: CARLOS ALFEDO SOLORZANO LUNA y TEOFILO JESUS ARJONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-25.611.468 y V-8.162.635, respectivamente, y de este domicilio; quienes declararon: Sí lo conocí de vista, trato y comunicación, Sí la conocí, si lo sé y me consta, Sí sé y me consta.
DISPOSITIVA:
Finalmente este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento y Acta de Defunción, acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS los ciudadanos CARMEN JOSEFINA MOYETONES SOLORZANO, ROSA ANGELINA MOYETONES SOLORZANO y PEDRO JOSE MOYETONES SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros° V-12.900.624, V-20.723.091 y V-12.900.623, En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos CARMEN JOSEFINA MOYETONES SOLORZANO, ROSA ANGELINA MOYETONES SOLORZANO y PEDRO JOSE MOYETONES SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros° V-12.900.624, V-20.723.091 y V-12.900.623, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus URSULA MARIA SOLORZANO SOTO, quien fue venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, Nº V-9.094.008, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026). Años 216º de la Independencia y 167º de la federación.
El Juez,
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
Seguidamente se devolvieron las presentes actuaciones al solicitante constantes de ( ) Folios útiles. En la misma fecha, siendo las 10:45 am, se publicó y registró esta Sentencia quedando anotada en el punto Nº folio del Libro Diario.
El Secretario,
Abg. ORLANDO R. CORDOBA R.
FJP/ORCR/Francys.- Sol.2026-62.-
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