UNICO: REVOCAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, que le fuera otorgado por este Tribunal en fecha 18-07-2006, como medida alternativa al cumplimiento de pena, al penado RODRÍGUEZ GÓMEZ MARCO TULIO, venezolano, mayor de edad, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de Nacimiento 03-03-81, titular de la Cédula de Identidad N° 16.503.748, hijo de Eutelia de Rodríguez y Marco Tulio Rodríguez Gómez, en razón de considerar el Tribunal que el penado incumplió con los condiciones impuestas, tanto por el Tribunal, como por el Delegado de Prueba, desde día 26-11-06 hasta el 11-12-06, quince (15) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se libra orden de captura en contra del penado ya identificado. Ofíciese a los organismos de seguridad a tales efectos. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ,