Declara Incompetente por el territorio, en consecuencia, Declina Competencia para conocer la presente causa al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca, de conformidad con lo establecido en el artículo 453 de la Ley de Marras, concatenado con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que continúe conociendo la causa, en consecuencia se ordena la remisión del presente expediente en original al mencionado Circuito, una vez transcurrido el lapso señalado en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.