AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana IRIS MERCEDES RAMIREZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.874.964, para que en su condición de madre y representante legal de los Hnos. MENDOZA RAMIREZ, NINOZKA KATHERINE, MANUEL ENRIQUE, ADRIANA EVELYN, JOSE ALEXANDER, ROSSANA CAROLINA, CARLOS MANUEL y LUIS FERNANDO, por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los referidos beneficiarios por motivo del fallecimiento de su padre MANUEL EFRAIN MENDOZA, quién fuera titular de la Cédula de Identidad N° 8.156.717.- Igualmente queda AUTORIZADA para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certi.....