SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad a favor del imputado RONAL ANTONIO VILLANUEVA, titular de la cédula de identidad N° 14. 521.365, de la estipulada en el Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 3° referente a presentaciones periódicas cada Quince Días (15) días por ante el Área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y al ordinal 8° ejusdem, en concordancia con el artículo 258 ejusdem, referida a la prestación de una caución económica mediante la presentación de dos personas idóneas cuya capacidad económica sea igual a mayor a 100 unidades tributarias.
TERCERO: Librese Boleta de Libertad a nombre del imputado RONAL ANTONIO VILLANUEVA, titular de la cedula de identidad N° 14. 521.365. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía de origen a los fines de continuar con la investigación. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABOG. SERVIO TULIO HERNANDEZ