En este estado la Notificada Dra. DULCE DEL CARMEN MEDINA MONSALVE Jueza de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: "Primero que se consigna en este acto copia de recibo de la URDD de este Tribunal; Segundo sí existe Edicto publicado donde se notifica a cuantas personas pueden tener interés en el mencionado Juicio y Tercero que debemos tener en cuenta la amenaza o la violación establecida en el artículo 65 de la LOPNNA que reza "El derecho al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar. Todos los niños, niñas y Adolescentes tienen derecho al honor, reputación y propia imagen. Así mismo tienen derecho a la vida privada e intimidad de la vida familiar. Estos derechos no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales..." por cuanto es un Juicio de filiación familiar y solicito copia fotostá.....