Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara PROCEDENTE, la presente solicitud de DIVORCIO realizada por los ciudadano MIRLA CARELYS LOPEZ Y HEISYS ALEXANDER SUAREZ LAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V- 17.396.352 y V-15.812.646, respectivamente, fundamentado en el MUTUO CONSENTIMIENTO establecido en la Sentencia N° 693 del 02 de junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia se declara: CON LUGAR la presente acción de Divorcio y consecuentemente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los c.....