Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparecen como Únicos y Universales Herederos la ciudadana Carmen Margarita Rodríguez de Figueroa en su condición de cónyuge y los ciudadanos Robespierre Alexandrovich Figueroa Rodríguez y Rowar Alexander Figueroa Rodríguez en su condición de hijos ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana Carmen Margarita Rodríguez de Figueroa en su condición de cónyuge y Robespierre Alexandrovich Figueroa Rodríguez y Rowar Alexander Figueroa Rodríguez en su condición de hijos; como Únicos y Universales Herederos del Decujus Robespier Alejandro Figueroa Delgado, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes.....