No habiendo más particulares a que hacer referencia y concluida como ha sido la misión del Tribunal en la práctica de la presente Inspección Judicial, se da por terminado el acto. Por lo que se ordena el regreso a su sede natural siendo las 3:20 p.m y una vez consignados y agregados en autos los informes fotográfico y de ganadería respectivos, devolver las resultas de la presente Inspección Judicial al comitente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
Abg. PAULA CONSUELO GRAU ROMERO
Juez Ejecutor del Municipio Pedro Camejo – Estado Apure.