Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal el SOBRESEIMIENTO del Asunto Penal Nº CP31-S-2014-000553, seguido al ciudadano JOSE ANTONIO GUEVARA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº SE DESCONOCE, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana ROSA ANGELINA SEIJAS LUGO.