De manera que, visto el desistimiento solicitado por el apoderado judicial Abogado MARCOS GOITIA, del ciudadano HERMES ORLANDO LÓPEZ HERNÁNDEZ, y el mismo se realizó de manera expresa en la diligencia de fecha 31-10-2016, y debido que el desistimiento del procedimiento versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Instancia considera procedente en derecho Homologar el Desistimiento del Procedimiento e impartirle el carácter de cosa juzgada. Así se decide.
En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento solicitado por el apoderado judicial Abogado MARCOS GOITIA, Inpreabogado N° 75.239, del ciudadano HERMES ORLANDO LÓPEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.621.107,, en este juicio incoado contra El Ministerio del Poder Popular para la Educación, con motivo al Cobro de.....