D I S P O S I T I V A:
Basándose en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, todo de conformidad con lo dispuesto en el contenido del Artículo 383 Literal “B” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Diarícese, dejése copia, archivase.-
La Jueza Temp.,
Abg. Hirda Aponte
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior Sentencia en el día de hoy, 01/12/03, siendo las 10:31 a.m.- Conste.-
.....