Es por todo lo antes expuestos, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: La EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por el cumplimiento de las obligaciones impuestas durante el plazo de Suspensión Condicional del Proceso, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de LUIS ALEJANDRO MUÑOZ ESCALONA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.174., de oficio estudiante, residenciado en la calle Rivas, Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el. Articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de S.....