DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se tiene como SUFICIENTEMENTE SUBSANADAS LAS CUESTIONES PREVIAS opuestas por la parte demandada en el presente juicio previsto y contemplado en el artículo 346 ordinal 6 ° del Código de Procedimiento Civil, referida al ordinal 2° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS opuestas por la parte demandada ciudadano MARIO MADRIGAL LIZANO, en el presente juicio previstas y contempladas en el artículo 346 ordinales 6º y 11° del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
TERCERO: Se condena en costas de la presente incidencia a la parte demandada de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con .....