Se ordena al Municipio Autónomo Achaguas del Estado Apure cancelar la cantidad de VEINTICINCO MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. 25.122.830,17), los honorarios profesionales, la indexación producida en la presente causa y las costas.
Este Tribunal de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, ordena una experticia complementaria del fallo hasta la fecha mas próxima a la ejecución del fallo o a la fecha de la experticia complementaria del mismo, debiendo el experto calcular los intereses de mora a la rata promedio del Banco Central de Venezuela. Finalmente:
Pudiendo la parte afectada apelar de la presente, por ante el Superior dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes.