UNICO: NEGAR la solicitud de traslado planteada por la defensora publica Abog. Maria Elena Delgado hasta la sede del Internado Judicial Del Estado Apure con sede en San Fernando del penado TORRES JHONNY RAFAEL, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-13.256.425en consecuencia, se mantiene como centro de reclusión del referido penado la Penitenciaria General de Venezuela con sede en la Ciudad de San Juan de Los Morros, Estado Guarico. Líbrese el correspondiente Exhorto al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en San Juan de los Morros a los fines de notificar al referido penado de la presente decisión. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico y al Defensor Publico. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.