D I S P O S I T I V A.
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: Que es INCOMPETENTE por la materia para conocer en alzada la presente causa y DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas, con sede en el Municipio San Fernando del estado Apure y remite las presentes actuaciones al Juzgado antes mencionado.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los dos (02) días del mes Abril del dos mil Catorce (2014). Año: 203º de la Independenci.....