En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, asumiendo la potestad de Juez Constitucional, declara IMPROCEDENTE el RECURSO DE AMPARO solicitado por la abogada MARIA F. CASTILLO F., en contra del ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO POR EL CAPITAN JESUS AGUILARTE GAMEZ, en su condición de GOBERNADOR DEL ESTADO APURE, contenido en DECRETO Nro. G-070-1, de fecha 21 de febrero de 2005, mediante el cual decreta hacer cumplir la Ley de Liquidación y Supresión del Instituto de Planificación Regional del Estado Apure (INPRA), publicada en gaceta oficial del Estado Apure, en fecha 17 de febrero de 2005.