En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento solicitado por los ciudadanos YOHAN GERMANDY MORENO CEBALLO, LUIS ALEJANDRO MORENO CEBALLO y CARLOS LUIS BOLIVAR RAMIREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.200.537, 24.200.535 y 15.681.656 en su orden respectivo, asistido por el Abogado LUIS CARLOS LAYA, Inpreabogado N° 135.652, en este juicio incoado contra El Instituto Autónomo de la Salud del Estado Apure (INSALUD), con motivo al Cobro de Salarios Dejados de Percibir y demás Beneficios Laborales.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
La Juez Titular;
Abog, Ana Trina Padrón Alvarado
La Secretaria,
Abog, Nereida Torres Salazar