Por tales motivos este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada; SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal A-quo que declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana Miladis Marvella Arraiz de Matute, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales; TERCERO: No hay condenatoria en costas, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo