D I S P O S I T I V A
Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado HECTOR SALVADOR PARRA, en su carácter de Defensor Privado de los imputados ERIK ESTUARDO GOMEZ MEJIA, ARLES SANCHEZ PAZ y OSCAR JULIAN PARRADO LÓPEZ, contra quien se instruyó averiguación penal, por la presunta comisión del delito prevista y sancionada en la Ley Aeronáutica Civil y contra el Orden Público..
SEGUNDO: CITESE al presunto agraviante, vale decir, JUEZ DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, contra quien se interpuso acción de amparo constitucional a tenor de lo dispuesto en los artículos 27, 49 numerales 1°, 2° y 3°, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuenci.....