DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la presente acción REIVINDICATORIA intentada por la ciudadana CARMEN AURORA CASTILLO DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.470.320 y de este domicilio, en contra de las ciudadanas IRIS ZUÑIGA, MARINA ZUÑIGA y MIREYA SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.512.922, V-10.266.539 y V-9.876.108 respectivamente, en consecuencia, se ORDENA a las ciudadanas IRIS ZUÑIGA, MARINA ZUÑIGA y MIREYA SANCHEZ, a restituir la ciudadana CARMEN AURORA CASTILLO DE MARQUEZ, la propiedad del inmueble constituido por el lote de terreno ubicado en la Calle 13 de Septiembre, Nº 41 de la ciudad de San Fernando de Apure, con.....