Por recibida y vista la diligencia que antecede, estampada por las Abogadas en ejercicio MARCO GOITIA HERNANDEZ, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y ARMANDA ARTEAGA, con el carácter de PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO APURE, con el carácter de autos, por la parte demandante, mediante la cual celebran TRANSACCION entre las partes, désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicha TRANSACCION, se da por terminado el presente juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de coso juzgada y se ordena el archivo del expediente respectivo, una vez conste en autos el pago de lo acordado.- CUMPLASE.- .