(...) declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por los Ciudadanos CARMEN DE JESÚS BOLÍVAR BETANCOURT, TEVAR RAFAEL OLIVARES BOLÍVAR, DENNYS KARELYS OLIVARES BOLÍVAR, NEILA BETZABÉ OLIVARES BOLÍVAR Y PEDRO MIGUEL OLIVARES BOLÍVAR, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 8.193.037, 15.205.696, 19.202.012, 19.405.212 y 25.069.113, respectivamente, en su condición de Únicos y Universales Herederos del de-cujus Miguel Merquiades Olivares Aguirre, contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO ACHAGUAS DEL ESTADO APURE (...).