En este estado el Tribunal deja expresa constancia que no se llevo a cabo la ejecución de la presente Medida de Secuestro, por cuanto mediante información verbal suministrada por el ciudadano NASSER RIVAS en su condición de Representante del Consejo de Proteccion del Niño y del Adolescente del Municipio Biruaca del Estado Apure, en donde nos informo que no podrían enviar ningún representante de esa Institución al momento de que este Tribunal ejecute dicha Medida, por que se encuentran de paso, es decir, no están laborando, es todo. Se leyó terminó y conformes firman.-La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. La Secretaria Dra. Maria Milagro Aranguren. El Acc., José Espinoza
COM; N° 4-1390.-
AF.-