este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a las medidas decretadas mediante auto de fecha 23 de marzo del presente año 2.007, este Tribunal las mantiene, hasta tanto conste en autos el total cumplimiento de lo acordado entre las partes. Asimismo, se abstiene de archivar el presente expediente, y así se decide.
Se declara concluido el presente juicio.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los tres (03) días del mes de mayo del año 2007.
La Jueza,
Abg. Anaíd Hernández Zavala La Secretaria,
Abg. Auri Torres Lárez.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
La .....