Éste Juzgado del Municipio Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: La cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs.F 4.000.00) mensuales. SEGUNDO: El padre se compromete a comprarle lo referente a útiles escolares y los zapatos correrán por gastos del padre, esto con motivo del inicio del año nuevo escolar. TERCERO: Un bono único decembrino por la cantidad de TRECE MIL BOLÍVARES (Bs.F 13.000.00) para la compra de ropas, calzado y juguetes con motivo de las festividades decembrinas. En lo referente a medicina, vestido, recreación o cualquier otro gasto ex.....