PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario, y se decreta con lugar a aprehensión en flagrancia conforme a lo estatuido en el artículo 248 ejusdem.
SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de privación de Libertad en contra de el imputado (s) ABEL DE JESUS CAVANERIO DURAN, titular de la cédula de identidad 16.510.888, residenciado en Urbanización Ricardo Montilla, calle principal, casa s/n, al lado de una venta de gas, casa de color verde, familia palacios, Municipio San Fernando, Estando Apure, hijo de Jenny Duran (v) y José Cavanerio (v) fecha de nacimiento 28-02-1980, natural de San Fernando Estado Apure. DANIEL JOSE LOPEZ PARRA, Indocumentado re.....