Por todo lo antes expuesto es que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, CUMPLIENDO FUNCIONES DE CONTROL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: Decretar La Nulidad de la Acusación, presentada en este Tribunal en fecha 12 de Agosto de 2010, suscrita por el funcionario Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público, Abg. Dennys Mirabal, interpuesta en contra del ciudadano Luís Felipe Rangel, por la presunta comisión del delito de Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, a los fines de reponer la causa al estado de que se realice nueva imputación y se escuche las peticiones de las partes y se subsanen los vicios que adolece la acusación anulada, todo ello de conformidad a lo establecido artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Remítase la causa a .....