PRIMERO: Sin Lugar las apelaciones de fecha 25 de septiembre de 2006, interpuestas por las partes, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa el día 26 de julio del 2006.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaría incoada por la ciudadana MARIA MIROSLAVA MAGALLANES VILLAZANA, actuando en nombre y representación de sus menores hijos YOLMI y JOEL GARCIA, debidamente asistida por la abogada MAYRA RODRIGUEZ, en contra del ciudadano JOEL ENRIQUE GARCIA FRANFAN; igualmente identificado en autos, quién debe cumplir con la Obligación Alimentaría en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000, oo) mensuales, previéndose el ajuste del aumento en forma automático y proporcional de la misma, teniendo en cuenta a los fines de este ajuste, la tasa inflacionaria determinada por los índices del Banco Central de Venezuela
TERCERO: Confirmada la sentencia de fecha 26 de julio de 2006, dictada por el Tribunal A-qu.....